jueves, 3 de mayo de 2012



DIA DE EL TRABAJADOR


El 1 de mayo es reconocido en casi todos los países del mundo como el Día del Trabajo. En esta fecha se recuerda a los trabajadores de Chicago, Estados Unidos, que en 1886 iniciaron una gigantesca huelga para conseguir una jornada laboral de ocho horas...aquí te contamos su historia. El día del trabajo celebra los logros alcanzados por los trabajadores de todo el mundo, como es la jornada de ocho horas, con dos días de descanso a la semana.

Pero antes, esto no era así.

Un poco de Historia... Hacia 1874, la idea de llevar a cabo acciones para conseguir una jornada de trabajo de ocho horas comenzó a extenderse desde distintos lugares y sectores de Estados Unidos.
 


Los pioneros en reaccionar fueron los obreros ferroviarios, quienes llevaron a cabo una huelga que por semanas involucró a 17 estados. Al poco tiempo se fueron sumando varias otras organizaciones, creándose en 1881 la Federación Americana del Trabajo (American Federation Labor, AFL), heredera de la anterior Federación de Gremios y Sindicatos.

Así, la Federación Norteamericana del Trabajo acordó en su cuarto congreso, de 1884, realizar una huelga general el 1 de mayo de 1886. En el intertanto, se debía luchar por conseguir de parte de los patrones y autoridades la nueva jornada; de no lograrse eso en esos años, se haría efectiva la huelga.

El llamado de la AFL fue acogido por los sindicatos, el movimiento fue tomando cuerpo a medida que se acercaba la fecha indicada, y los esfuerzos patronales por detener la iniciativa obrera prosperaban. El día señalado, la consigna ya estaba en boca de la mayoría de los trabajadores: "Ocho horas de trabajo, ocho de reposo y ocho para la recreación".

Llega el día

El 1 de mayo de 1886, en los Estados Unidos se declararon 5 mil movimientos laborales. Alrededor de 190 mil trabajadores iniciaron huelga y cerca de 150 mil obtuvieron su demanda con amenaza de paro.

A fines de mayo, otros 50 mil obreros lograron el reconocimiento legal de su nueva jornada de trabajo.

Sin embargo, estos logros no resultaron gratuitos. La represión se hizo sentir directamente en diversos lugares ese mismo día, produciéndose nueve muertos en la localidad de Milwaukee y enfrentamientos callejeros entre policías y manifestantes en Filadelfia, Louisville, St. Louis, Baltimore y Chicago. A estas ciudades pertenecía la mitad del total de obreros que entraron en huelga en ese país.

El 1º de mayo se declara el Día del Trabajo.

En 1889, durante el Primer Congreso de la Segunda Internacional Socialista, celebrado en París, se decidió que el 1º de mayo conmemoraría en adelante la solidaridad laboral. Desde entonces la mayoría de los países del mundo, especialmente aquellos de pasado o presente socialista, celebran ese día a sus trabajadores.


Paradójica y significativamente, el 1º de mayo no se celebra en Estados Unidos ni en Canadá como Día del Trabajo, sino como Día de la Ley (Law Day). En esos países se otorgó a los trabajadores el primer lunes de septiembre, un día sin significado histórico, para celebrar su día (Labor Day).

La jornada laboral de ocho horas en Estados Unidos tuvo que esperar hasta 1935 para ser aprobada, durante la presidencia de Franklin D. Roosvelt. 

En Chile...

En nuestro país, en 1931 el Presidente Carlos Ibáñez del Campo firma un decreto mediante el cual se declara feriado el día 1 de mayo, como homenaje a la fiesta del trabajo.

 

Derechos y deberes del trabajador


Derechos laborales

Según establece el artículo 4 de la sección 2ª del Estatuto de los trabajadores tienen como derechos básicos, con el contenido y alcance que para cada uno de los mismos disponga su específica normativa, los de:
 
a) Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
b) Libre sindicación
c) Negociación colectiva.
d) Adopción de medidas de conflicto colectivo.
e) Huelga.
f) Reunión.
g) Información, consulta y participación en la empresa.
2. En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho:

a) A la ocupación efectiva.

b) A la promoción y formación profesional en el trabajo.

c) A no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los límites marcados por esta Ley, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del Estado español. Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que se hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate.

d) A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.

e) Al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.

f) A la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida.

g) Al ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato de trabajo.

h) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo.

Deberes laborales

Los trabajadores tienen como deberes básicos: 
1.      Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
2.     Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
3.     Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
4.     No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta Ley.
5.     Contribuir a la mejora de la productividad.
6.     Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de trabajo.


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