La
imperiosa necesidad de que los Estados cumplan los compromisos contraídos internacionalmente,
respecto de garantizar el respeto de los Derechos Humanos es una tarea de toda
la humanidad. En este sentido la sociedad civil debe jugar un rol fundamental. En efecto, desde la firma de la Carta de
las Naciones Unidas y desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el
diagnóstico mundial no es alentador, lo que ha generado una enorme inquietud en
la comunidad de naciones, por lo que organismos internacionales, como la ONU,
han incentivado de manera muy especial a todas las ciudadanas y ciudadanos del
planeta que se comprometan con esta tarea universal.
Nuestra organización, la Asociación de
Observadores y Defensores de Derechos Humanos, ODDH-CHILE, ha nacido
respondiendo ese llamado de los organismos internacionales, en el sentido de
cautelar que estos compromisos sean cumplidos por nuestro Estado en conformidad
con los tratados internacionales ratificados por nuestro país e incorporados en
nuestra Constitución por medio de la ley 18.825, en su artículo quinto, inciso
segundo.
Por otra parte,
el propio Estado ha creado una institución cuya función, establecida por la
ley, es la de fiscalizar desde el propio Estado que esta garantía en materia de
DDHH se cumpla, se trata del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).
Es importante precisar que, aunque los
objetivos son coincidentes, la función de este organismo no es la misma que la
de nuestra organización, especialmente porque nosotros operamos desde la
sociedad civil y el INDH lo hace desde el propio Estado. Es decir, su
función se enmarca dentro de los deberes del Estado de garantizar el respeto y
cumplimiento de los acuerdos sobre DDHH. La nuestra es una función cautelar, no
tenemos una obligación jurídica de cumplir esta misión (es voluntaria) y
tampoco recibimos remuneración alguna, como lo hacen los funcionarios del INDH,
al igual que todos los funcionarios
estatales. Lo que nos anima a nosotros es que la sociedad en su conjunto se
haga partícipe de una misión humanitaria mundial en la consolidación de una
sociedad donde el respeto de los DDHH se cumpla. Nos amparamos en el Derecho
Internacional de los Derechos Humanos, así como en documentos internacionales
como la “Declaración sobre el derecho y
el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y
proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente
reconocidos”, de las Naciones Unidas, conocida como la “Declaración sobre los defensores de los DDHH”, y también en
documentos específicos de trabajo de la ONU, como el denominado: “Un manual para la sociedad civil”
(Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos,
Ginebra, 2008), donde se expresa: “Una sociedad civil sólida y autónoma, capaz
de actuar libremente, así como conocedora y entendida en materia de derechos
humanos, es fundamental para consolidar una protección sostenible de los
derechos humanos en el ámbito nacional. Así pues, los actores de la sociedad
civil son socios importantes en el sistema de derechos humanos de las Naciones
Unidas”. Y en otros documentos del Programa de las Naciones Unidas para
el Desarrollo (PNUD), como el Informe denominado “La democracia en América Latina. Hacia una democracia de ciudadanas y
ciudadanos” (PNUD, 2004), que
promueven la participación de las personas y de las organizaciones de la
sociedad civil en su rol de defender los derechos esenciales.
Hacemos esta precisión porque el INDH, en
el cumplimiento de su función, establecida por la ley, donde especifica: “La misión del Instituto es cautelar y
promover la plena vigencia de los derechos humanos en Chile. En su calidad de
institución de la república le
corresponde observar, informar e intervenir en la defensa de los derechos
humanos amenazados o vulnerados, como asimismo impulsar la construcción de
una cultura que los reconozca y promueva en todos los ámbitos de la vida
nacional”, se ha visto cuestionada
por otro organismo del Estado, la policía uniformada, especialmente lo que
refiere al “Informe sobre Derechos
Humanos para Estudiantes”, capítulo V: “Derecho
a la Manifestación”. Precisamente nosotros, como ODDH-CHILE, permanentemente
hemos puesto estos antecedentes a disposición de la opinión pública, apoyados
en sólidas evidencias con registros audiovisuales y testigos, donde son
documentadas estas conductas represivas por parte de fuerzas policiales. Es por
esto que, sobre este punto queremos entregar todo nuestro respaldo al Instituto
Nacional de Derechos Humanos (INDH), por cuanto creemos que la construcción de
una sociedad donde impere el respeto íntegro de los DDHH sólo puede surgir allí
donde las instituciones funcionan con un respeto irrestricto a las leyes
vigentes.
En estos días nuestro
país está siendo testigo de un conjunto de hechos de corrupción que no sólo han
enlodado el papel que deben cumplir las instituciones y organismos públicos en
un Estado Social y Democrático de Derecho, sino que además por medio de estos
hechos se violan derechos humanos fundamentales. Es por tanto fundamental y necesario que las instituciones estatales se
limpien de todas estas conductas que atentan contra la sana convivencia y
vulneran sus leyes, precisamente allí, donde tienen la obligación jurídica de
cautelarlas.
Exigimos que el Administrativo del Estado aplique todas las acciones
tendientes a resguardar esta voluntad y sancionar a los que resulten
responsables, porque todos somos iguales ante la ley, pero quienes tienen la
principal obligación de hacer que esto se cumpla son los agentes y funcionarios
del propio Estado.
Asimismo, llamamos a todas
las ciudadanas y ciudadanos a sumarse a esta tarea colectiva, porque sólo con
la participación activa de todas y todos podremos garantizar la legítima
voluntad soberana del pueblo.
Fraternalmente
ASOCIACIÓN DE OBSERVADORES Y
DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS ODDH-CHILE.
Santiago de Chile, 20 de
abril de 2015
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